Darse de alta en recargo de equivalencia

El recargo de equivalencia es un régimen de comerciantes minoristas de bienes. No sirve para una actividad de servicios.

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Bienes al consumidor final

Si vendes bienes a quien no es empresario ni profesional, el régimen puede ser el recargo de equivalencia. No deduces el IVA soportado: tus proveedores te cobran el IVA y el recargo. En Factura Fácil, en península y Baleares, un IVA del 21% lleva recargo del 5,2%, el 10% lleva el 1,4% y el 4% lleva el 0,5%. Esos porcentajes no son de IVA foral.

  • Comercio de bienes, no un régimen de servicios.
  • IVA 21%: recargo 5,2%. IVA 10%: 1,4%. IVA 4%: 0,5%.
  • Península y Baleares. No es el IVA foral.

Cuándo no hay aviso del 303

Si todas tus actividades están en recargo de equivalencia, la app no añade recordatorios del 303 ni del 390. Si alguna actividad queda fuera, no quites esos modelos por tu cuenta. El marco del IVA estatal está en modelo 303 y modelo 130.

Preguntas frecuentes

¿Un fontanero puede estar en recargo de equivalencia?

No es un régimen de servicios. Es para el comercio minorista de bienes al consumidor final.

¿El 5,2% vale en el País Vasco o en Navarra?

No. Esos recargos son de península y Baleares. El IVA foral no usa este cálculo.

Fuentes oficiales

Texto informativo revisado el 26 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal ni sustituye la consulta a la Agencia Tributaria o a tu gestoría. Plazos, tipos y modelos pueden cambiar.