Factura de exportación de bienes
Una exportación de bienes fuera de la Unión Europea puede estar exenta, con derecho a deducir, cuando se cumplen las condiciones de la Ley del IVA y puedes probar la salida. Un servicio no hereda esa exención, ni una venta cuya mercancía no ha salido de España.
Bienes que salen, y la prueba
La exención de exportación mira a los bienes que salen del territorio de la Unión. Hace falta que el caso encaje en la ley y que conserves la prueba de esa salida. Sin esa prueba, la exención no se sostiene. Facturar un servicio a un cliente de fuera, o vender un bien que se queda en España, no es esta exportación. Poner tipo cero en la factura no crea la exención.
- Bienes que salen de la Unión Europea.
- Condiciones de la Ley del IVA y prueba de salida.
- Un servicio, o un bien que no sale, no queda cubierto por esta exención.
El tratamiento lo marcas tú
En Factura Fácil la línea lleva el tratamiento que tú indicas. La app no da por hecha la exención porque el país del cliente esté fuera de la Unión, ni genera sola el justificante de salida de la aduana.
Preguntas frecuentes
¿Un servicio a un cliente de fuera es exportación?
No con esta exención. La exportación de la que habla este artículo es de bienes que salen. Un servicio se localiza con otras reglas.
¿Basta con no cobrar IVA?
No. La exención pide las condiciones de la ley y la prueba de que los bienes han salido. Sin eso, dejar la cuota a cero no documenta una exportación.
Fuentes oficiales
Texto informativo revisado el 26 de septiembre de 2026. No es asesoramiento fiscal ni sustituye la consulta a la Agencia Tributaria o a tu gestoría. Plazos, tipos y modelos pueden cambiar.
